Acuerdo Ministerial MDT-2020-079
Art. 14
Del cambio de razón social, fusión, escisión, transformación, disolución y liquidación voluntaria anticipada de las empresas
Vigente desde 2023-11-29
Las empresas que hayan tenido un proceso de cambio de razón social, fusión, escisión, transformación, disolución y liquidación voluntaria anticipada, posterior a la obtención de la resolución de unificación de utilidades, estarán obligadas a realizar ante el Ministerio del Trabajo, la revocatoria y posterior solicitud de unificación de utilidades de ser el caso, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo. Si la Dirección de Política Salarial o quien hiciere sus veces, llegare a evidenciar que las empresas no cumplen con los procesos productivos y/o comerciales dentro de una misma cadena de valor, dispondrá que dichas empresas a través de sus representantes legales, sigan el procedimiento establecido para la revocatoria de unificación de utilidades.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.