Art. 8 del Acuerdo Ministerial MDT-2018-0135
De la suscripción del contrato
Vigentedesde el 19 de junio de 2018
- Consolidación:
- texto consolidado al 19 de junio de 2018, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El contrato deberá celebrarse por escrito, cumpliendo las formalidades, requisitos y condiciones contenidas en la presente Norma, Código del Trabajo y demás regulaciones especiales que el Ministerio del Trabajo emita para el efecto, puntualizándose los días en que se realizará y el horario de trabajo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.