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Art. 8 del Acuerdo Ministerial MDT-2018-0135

De la suscripción del contrato

Vigentedesde el 19 de junio de 2018

Consolidación:
texto consolidado al 19 de junio de 2018, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El contrato deberá celebrarse por escrito, cumpliendo las formalidades, requisitos y condiciones contenidas en la presente Norma, Código del Trabajo y demás regulaciones especiales que el Ministerio del Trabajo emita para el efecto, puntualizándose los días en que se realizará y el horario de trabajo.

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