Ley de Seguridad Social › TÍTULO III DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS
DT ro525-18
(Disposición Transitoria DECIMOCTAVA)
Vigente desde 2025-10-07
TRAMITES EN PROCESO EN EL IESS.- Los trámites iniciados con anterioridad a la promulgación de la presente Ley continuarán sustanciándose en la vía administrativa del Seguro Social, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente a la fecha de su presentación. Las facultades atribuidas al Consejo Superior, al Director General y a los Directores Regionales, serán asumidas por el Consejo Directivo, el Director General y, los Directores Provinciales, en su orden.
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