Ley de Seguridad Social › TÍTULO III DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS
DT ro525-13
(Disposición Transitoria DECIMOTERCERA)
Vigente desde 2025-10-07
UNIDADES MEDICAS DEL IESS.- Se fija un período de transición de dos (2) años contados a partir de la promulgación de esta Ley, para la transformación de las unidades médicas del IESS en empresas prestadoras de servicios de salud a los afiliados y a la población en general, con sujeción a esta Ley.
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