Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO IX DE LA PROTECCIÓN CONTRA EL RIESGO DE CESANTÍA A TRAVÉS DEL FONDO DE RESERVA DEL TRABAJADOR

DT ro483-4

(Disposición Transitoria Cuarta)

Vigente desde 2025-10-07

En el plazo de 60 días contados a partir de la expedición de la presente Ley, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social establecerá los porcentajes de aportación para las personas que realizan trabajo no remunerado del hogar considerando su situación socioeconómica, para lo cual empleará el catastro de información social, económica y demográfica individualizada a nivel de familias, con el propósito de que puedan acceder al subsidio del Estado. En el mismo plazo, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social expedirá la normativa necesaria para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ley.

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