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Art. (...) de la Ley de Seguridad Social

segundo artículo innumerado posterior al Art. 62

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Los préstamos hipotecarios que conceda el IESS a sus afiliados están exentos del pago de toda clase de impuestos. Sólo se pagarán los impuestos a favor de los organismos seccionales autónomos. Esta exención se establece por razones de orden económico y social, de acuerdo al artículo 31 del Código Tributario.

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