Ley de Seguridad Social › Título (...) Del Régimen de Pensiones del trabajo no remunerado del hogar
Art. (...)
octavo artículo innumerado posterior al Art. 219
Derecho de opción
Vigente desde 2025-10-07
Cuando la persona que realiza trabajo no remunerado del hogar sea declarada en situación de incapacidad permanente total o absoluta y al mismo tiempo alcance los requisitos para acceder a la pensión de jubilación deberá optar por una de estas pensiones.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.