Ley de Seguridad Social › Título (...) Del Régimen de Pensiones del trabajo no remunerado del hogar
Art. (...)
14º artículo innumerado posterior al Art. 219
Vigente desde 2025-10-07
Otros beneficiarios: En ausencia del cónyuge o de la pareja en unión de hecho legalmente reconocida, tendrán derecho a la pensión de viudedad los padres de la persona afiliada o pensionista fallecida, siempre que hayan vivido a cargo del causante y no reciban ninguna otra pensión del Sistema de Seguridad Social.
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