Art. 39 de la Ley de Seguridad Social
CAUSALES DE DESTITUCIÓN
Vigentedesde el 7 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Director Provincial podrá ser destituido por las mismas causales señaladas en el artículo 34 de esta Ley para el Director General.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.