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Art. 36 de la Ley de Seguridad Social

DIRECTOR PROVINCIAL

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El Director Provincial tiene a su cargo la ejecución del Presupuesto del IESS, la contratación de recursos humanos y servicios generales, el aprovisionamiento de bienes, y el equipamiento y mantenimiento de las dependencias del Instituto dentro de su circunscripción.

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