Ley de Seguridad Social › TÍTULO IX DE LA PROTECCIÓN CONTRA EL RIESGO DE CESANTÍA A TRAVÉS DEL FONDO DE RESERVA DEL TRABAJADOR
Art. 284
CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN
Vigente desde 2025-10-07
El Consejo Directivo del IESS regulará la cuantía de la prestación según el tiempo de imposiciones y los sueldos o salarios de aportación acreditados por el asegurado.
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