Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO VII DEL REGISTRO DE HISTORIA LABORAL DEL ASEGURADO

Art. 251

CONTRATACIÓN DE SALDOS DE LAS CUENTAS DE AHORRO

Vigente desde 2025-10-07

En caso de duda sobre los depósitos y el saldo de la cuenta individual de ahorro obligatorio, el Registro de Historia Laboral de cada asegurado será una fuente de referencia informativa para las reclamaciones a las empresas adjudicatarias administradoras de los fondos previsionales.

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