Ley de Seguridad Social › TÍTULO VI DEL RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
Art. 245
SUJETOS PASIVOS
Vigente desde 2025-10-07
Son sujetos obligados a presentar declaración para el correspondiente Registro de Historia Laboral del Asegurado, las mismas personas obligadas a pagar las aportaciones al Seguro Universal Obligatorio de sus Afiliados. La declaración de los sujetos pasivos deberá presentarse dentro de los plazos y en la forma que señale el IESS, haya o no pago de los aportes correspondientes. La falta de cumplimiento de esta obligación será sancionada por el IESS, con una multa equivalente al cuatro por ciento (4%) de la aportación causada por la última remuneración imponible de cada asegurado comprendido en la infracción, de acuerdo con el Reglamento.
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