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Art. 236 de la Ley de Seguridad Social

DECIMOTERCERA Y DECIMOCUARTA PENSIONES

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Además de la pensión mensual regular, calculada sobre el sueldo o salario de aportación de cada asegurado, el IESS pagará a sus jubilados y pensionistas de viudez y orfandad la decimotercera pensión, en el mes de diciembre y la decimocuarta pensión, en el mes de abril o septiembre, según la Región, en las cuantías legales.

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