Ley de Seguridad Social › TÍTULO VI DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO VOLUNTARIO
Art. 155
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA
Vigente desde 2025-10-07
El Seguro General de Riesgos del Trabajo protege al afiliado y al empleador mediante programas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, y acciones de reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluida la rehabilitación física y mental y la reinserción laboral.
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