Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Seguridad SocialTÍTULO IV DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO

Art. 129

INCORPORACIÓN DE NUEVOS AFILIADOS

Vigente desde 2025-10-07

La incorporación de nuevos afiliados y beneficiarios de este Seguro deberá guardar relación directa con el crecimiento del número de afiliados al Seguro Universal Obligatorio de sus Afiliados y con las metas presupuestarias de gasto e inversiones para prestaciones de salud a los campesinos.

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