Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Régimen Tributario InternoTítulo Quinto

Art. iv-5

Vigente desde 2019-08-16

Plazo de la remisión. Para beneficiarse de la remisión del cien por ciento (100%) de intereses, multas y recargos conforme a lo dispuesto en el artículo 4, los sujetos pasivos podrán:

  1. a) Pagar hasta el 27 de diciembre de 2019, el 100% del saldo de capital adeudado; o,

  2. b) Concluido el plazo anterior, deberán pagar en el plazo de tres (3) años el saldo del capital adeudado, conforme se señala en el siguiente artículo.

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