Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Régimen Tributario InternoTítulo Tercero. IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES

Art. 87

Control

Vigente desde 2025-08-28

Facúltase al Servicio de Rentas Internas para que establezca los mecanismos de control que sean indispensables para el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias en relación con el impuesto a los consumos especiales.

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