Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Régimen Tributario InternoTítulo Tercero. IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES

Art. 85

Pago del impuesto

Vigente desde 2025-08-28

El impuesto liquidado deberá ser pagado en los mismos plazos previstos para la presentación de la declaración.

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