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Art. 35 de la Ley de Régimen Tributario Interno

Ingresos por contratos de agencia y representación

Vigentedesde el 28 de agosto de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 28 de agosto de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en el país, que realicen actividades de representación de empresas extranjeras, deberán presentar cada año al Servicio de Rentas Internas, copia del contrato de agencia o representación, debidamente legalizado.

Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en el país, que importen bienes a través de agentes o representantes de casas extranjeras, deberán, anualmente, enviar al Servicio de Rentas Internas la información relacionada con estas importaciones.

En base de esta información la administración procederá a la determinación de sus obligaciones tributarias.

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