Ley Orgánica de Protección de Datos Personales › TÍTULO VII DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
DT 7
(Disposición Transitoria SÉPTIMA)
Vigente desde 2026-02-02
La Unidad de Análisis Financiero y Económico en el término máximo de sesenta (60) días contados a partir de la publicación de este Reglamento en el Registro Oficial, expedirá la normativa correspondiente para el caso de los sujetos obligados a entregar información, que no tengan instituciones de control específicas, y asumirá su control a partir de la notificación de la resolución como sujetos obligados a reportar.
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