Ley Orgánica de Protección de Datos Personales › TÍTULO III MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y SUS DELITOS PRECEDENTES, LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA
Art. 46
Acceso al sistema
Vigente desde 2026-02-02
El representante legal y los oficiales de cumplimiento titular y/o suplente, contarán con el respectivo usuario y contraseña para el acceso al Sistema para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SISLAFT), el cual deberá ser solicitado por el sujeto obligado, su representante legal o apoderado, de conformidad con las siguientes reglas: 1. En caso de designación por primera vez, el solicitante requerirá a la Unidad de Análisis Financiero y Económico el otorgamiento de usuario y contraseña para cada oficial de cumplimiento, de acuerdo con los procesos aprobados y notificados por dicha entidad; 2. En caso de cambio de oficial de cumplimiento, el solicitante informará dentro del término máximo de quince (15) días sobre esta modificación a la Unidad de Análisis Financiero y Económico, para la desactivación de usuario y contraseña en el SISLAFT. Una vez acreditado el nuevo oficial de cumplimiento, el solicitante, requerirá un nuevo usuario y contraseña, conforme los procesos aprobados y notificados por dicha entidad. Tanto el usuario como la contraseña otorgados para acceder al SISLAFT son intransferibles y reservados, cuya custodia es de responsabilidad exclusiva de sus titulares.
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