Ley Orgánica de Protección de Datos Personales › TÍTULO II INSTITUCIONALIDAD
Art. 16
Régimen Especial del Banco Central del Ecuador
Vigente desde 2026-02-02
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria establecerá el régimen especial aplicable al Banco Central del Ecuador para dar cumplimiento Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos.
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