Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario › TÍTULO VIII DE LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
DT 15
(Disposición Transitoria DÉCIMO QUINTA)
Vigente desde 2025-10-07
El Ministerio de Finanzas, realizará las acciones y reformas presupuestarias correspondientes con el propósito de viabilizar la aplicación de la presente Ley.
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