Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad › TÍTULO V INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTO
DG 3
(Disposición General TERCERA)
Vigente desde 2025-07-21
Para la aplicación de esta Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad, el ente rector de finanzas públicas y el ente rector de planificación, adoptarán las medidas necesarias en el ámbito de sus competencias.
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