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Art. 2 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad

Ámbito

Vigentedesde el 21 de julio de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Esta ley ampara a las personas con discapacidad y sus parientes, personas en calidad de sustitutas o cuidadoras, los representantes legales y las personas jurídicas públicas y privadas sin fines de lucro dedicadas a la atención, protección y cuidado de las personas con discapacidad. El ámbito de aplicación de esta Ley abarca los sectores público, privado y comunitario.

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