Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad › TÍTULO IV SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Art. 116
Sistema Nacional de Protección Integral de las Personas con Discapacidad
Vigente desde 2025-07-21
Es el conjunto organizado y articulado de instituciones, normas, políticas, planes, programas, mecanismos y actividades orientados a la protección integral de las personas con discapacidad, a través de la prevención, atención, protección y reparación integral de sus derechos. Se organizará de manera articulada a nivel nacional, en el marco de los procesos de desconcentración y descentralización para una adecuada prestación de servicios.
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