Disposición Transitoria Cuarta
DT 4
Vigentedesde el 28 de marzo de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Durante el año 2020, aquellas sociedades no financieras que otorguen créditos directos por ventas a sus clientes, deberán otorgarles facilidades de pago, siempre que dichos clientes justifiquen motivadamente una disminución de sus ingresos ocurrida desde el mes de marzo del 2020 en adelante que les dificulte pagar oportunamente sus créditos.
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