Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Art. 8
Extensión de cobertura del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
Vigente desde 2025-03-28
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social extenderá la cobertura en las prestaciones de salud, hasta sesenta (60) días adicionales a los establecidos en la Ley por el cese de aportaciones, en favor de todos sus afiliados cualquiera sea el régimen y que hayan quedado cesantes, o en mora por pérdida de ingresos a partir de la declaratoria del estado de excepción por emergencia sanitaria del COVID-19 y mientras esta subsista.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.