Art. 22 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Prestaciones del seguro de desempleo
Vigentedesde el 28 de marzo de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Durante los meses de abril, mayo, junio y julio del año 2020, los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en relación de dependencia, que pasaren a situación de desempleo, podrán acceder a la prestación del seguro de desempleo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. 23 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario · Requisitos
«afiliada para acceder a la prestación de seguro de desempleo conforme lo señala el artículo anterior, deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Acreditar 24 aportaciones acumuladas y no»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.