DG 6
(Disposición General SEXTA)
Vigente desde 2026-02-11
Para el procedimiento simplificado de constitución de compañías, cuya minuta sea predefinida y llenada en el sistema de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se exceptúa la formalidad del requerimiento de la firma de un profesional del derecho, para la validez de este documento ante Notario Público.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.