Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. (...)

16º artículo innumerado posterior al Art. 317

Aportes en numerario

Vigente desde 2026-02-11

En el caso de que las aportaciones sean en numerario, los accionistas fundadores depositarán el capital por pagar de la sociedad en la cuenta que la compañía abra en una institución bancaria en un plazo máximo de 24 meses, en observancia de las reglas que hubieren fijado libremente de acuerdo con el artículo precedente.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.