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Art. (...) de la Ley de Compañías

duodécimo artículo innumerado posterior al Art. 317

Actos societarios que requieren de resolución aprobatoria previa

Vigentedesde el 11 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Solamente los actos societarios enumerados en el artículo final de este capítulo requerirán de una resolución aprobatoria de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, de forma previa a su inscripción en el Registro de Sociedades.

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