Art. 434 de la Ley de Compañías
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los montos mínimos de capital determinados en esta Ley, así como los de pasivos y número de accionistas serán actualizados por el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, teniendo en consideración la realidad social y económica del país.
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