Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 381

Vigente desde 2026-02-11

Es responsabilidad de los registradores de la propiedad, sopena de destitución, verificar el estado de la compañía en el portal web institucional de la Superintendencia, previo a la inscripción de cualquier acto o contrato relacionado con la misma.

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