Art. 293
Vigente desde 2026-02-11
Toda compañía deberá conformar sus métodos de contabilidad, sus libros y sus balances a lo dispuesto en las leyes sobre la materia y a las normas y reglamentos que dicte la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para tales efectos.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.