Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 291

Vigente desde 2026-02-11

Del balance general y del estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, así como del informe se entregará un ejemplar a los comisarios, quienes dentro de los quince días siguientes a la fecha de dicha entrega formularán respecto de tales documentos un informe especial, con las observaciones y sugestiones que consideren pertinentes, informe que entregarán a los administradores para conocimiento de la junta general.

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