Art. 272.6
Vigente desde 2026-02-11
El ejercicio de la acción social de responsabilidad y de las acciones derivadas no obstará al ejercicio de las demás acciones permitidas por la Ley, incluyendo al ejercicio de las acciones de nulidad de los actos y contratos celebrados por los administradores con violación de su deber de lealtad o por los accionistas que hubieren incurrido en una situación de conflicto de interés, de abuso del derecho de voto o que hubieren actuado como administradores de hecho u ocultos.
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