Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 239

Vigente desde 2026-02-11

Antes de declararse instalada la junta general de accionistas el secretario formará la lista de asistentes. El secretario incluirá en la lista a los tenedores de las acciones que constaren como tales en el libro de acciones y accionistas. El secretario de la junta, al formular la lista, anotará los nombres de los accionistas presentes y representados, la clase y valor de las acciones y el número de votos que les corresponda, dejando constancia, con su firma y la del presidente de la junta, del alistamiento total que hiciere.

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