Art. 230 de la Ley de Compañías
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La junta general formada por los accionistas legalmente convocados y reunidos, es el órgano supremo de la compañía. Las resoluciones de la junta general de accionistas son obligatorias desde el momento en que hubieren sido adoptadas válidamente. Las resoluciones adoptadas por las juntas generales serán demostradas a través de los distintos medios probatorios previstos en esta Ley y demás normativa aplicable. La nulidad de los medios probatorios no generará la nulidad de las resoluciones adoptadas en junta general.
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