Art. 223
Vigente desde 2026-02-11
El título representativo de la parte beneficiaria estará escrito en idioma castellano y contendrá: a) El nombre de la compañía; b) La cifra indicativa del capital suscrito de la compañía emisora y el pagado a la fecha de la expedición del título; c) El porcentaje de utilidades que se reconozcan y el plazo de vigencia de este derecho; d) La indicación de sí el título es nominativo o al portador y, en el primer caso, el nombre del beneficiario; e) Los principales derechos y obligaciones del dueño del título, así como la transcripción de las normas que, con relación a las partes beneficiarias, se hubieren establecido en los estatutos de la compañía; f) La fecha de expedición del título; y, g) La firma de la persona o personas autorizadas para representar a la compañía.
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