Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 217

Vigente desde 2026-02-11

Ningún accionista podrá ser obligado a aumentar su aporte, salvo disposición en contrario de los estatutos. Cualquier reforma de estatutos para obligar a los accionistas a aumentar su aporte deberá ser aprobada, en junta general, mediante la resolución unánime de todos los accionistas de la compañía.

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