Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 11

Vigente desde 2026-02-11

Quienes ejecutaren, celebraren u ordenaren la celebración de actos o contratos a nombre de una compañía no constituida legalmente, no pueden por esta razón sustraerse al cumplimiento de sus obligaciones, y serán personal e ilimitadamente responsables frente a terceros, de acuerdo con esta Ley.

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