Art. 24 del Se expide el Reglamento especial para la aplicación del Régimen de Incentivos Tributarios para Vivienda de Interés Social previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno
Interoperabilidad
Vigentedesde el 6 de julio de 2026
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El ente rector de hábitat y vivienda, el Servicio de Rentas Internas y el ente rector de las finanzas públicas implementarán los mecanismos de interoperabilidad necesarios para el intercambio de información relativa a los convenios suscritos, donaciones perfeccionadas, certificados emitidos y aplicación de la rebaja tributaria.
La información contenida en la ventanilla única digital y en otros mecanismos de interoperabilidad tendrá carácter de información oficial para efectos de control tributario y gestión sectorial.
El ente rector en hábitat y vivienda entregará hasta el 31 de enero de cada año, los listados consolidados de donantes y valores donados que pueden ser objeto de rebaja del Impuesto a la Renta causado, cuya operación haya cumplido todos los requisitos y se haya perfeccionado durante el ejercicio fiscal anterior, mientras el beneficio tributario sea aplicable, en los formatos que se establezcan por la entidad tributaria.
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