Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código del TrabajoTÍTULO VI ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO

Art. 552

Prohibición de intervenir en caso de huelga

Vigente desde 2026-04-09

Los funcionarios encargados de este servicio se abstendrán de intervenir en caso de huelga y proponer condiciones de trabajo inferiores a las que rigen en cada localidad.

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