Código del Trabajo › TÍTULO III DE LAS MODALIDADES DEL TRABAJO
Art. 313
Son empleados privados
Vigente desde 2026-04-09
Los agentes de comercio o agentes viajeros que, por cuenta de personas naturales o jurídicas, realicen ventas de mercaderías, así como los agentes y corredores de seguros y los agentes residentes, son empleados privados, sometidos a las disposiciones de este Código.
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