Art. 99 del Código Tributario
Carácter de la información tributaria
Vigentedesde el 20 de junio de 2023
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 335, 20 de junio de 2023
- Texto cargado en Vigente:
En el marco de los instrumentos internacionales vigentes, la información y las declaraciones de los contribuyentes, responsables o terceros, relacionadas con las obligaciones tributarias, así como los planes y programas de control que efectúe la Administración Tributaria son de carácter reservado y serán utilizados para los fines propios de la administración tributaria.
La administración tributaria, deberá difundir anualmente los nombres de los sujetos pasivos y los valores que hayan pagado o no por sus obligaciones tributarias.
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