Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código TributarioTÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRIBUTARIO

Art. 97

Responsabilidad por incumplimiento

Vigente desde 2025-10-03

El incumplimiento de deberes formales acarreará responsabilidad pecuniaria para el sujeto pasivo de la obligación tributaria, sea persona natural o jurídica, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar.

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