Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código TributarioTÍTULO II. DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

Art. 32

Previsión en ley

Vigente desde 2025-10-03

Sólo mediante disposición expresa de ley, se podrá establecer exenciones tributarias. En ellas se especificarán los requisitos para su reconocimiento o concesión a los beneficiarios, los tributos que comprenda, si es total o parcial, permanente o temporal.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.