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Art. 304 del Código Tributario

Queja infundada

Vigentedesde el 3 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 3 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Quien hubiere propuesto una queja infundada, será sancionado con multa de cuarenta a cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América sin perjuicio de las otras sanciones a que haya lugar.

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